Σάββατο 28 Νοεμβρίου 2009

El robo de vehículos en los parqueos lo asumirá el dueño del establecimiento

Ante los constantes quejas por los robos en parqueos, el Gobierno hizo oficial la ley que regula el servicio de estacionamiento vehicular que establece la responsabilidad civil por robo de un vehículo o sus accesorios al titular del negocio, siempre que este sea ofrecido como servicio principal.
En caso el servicio se ofrezca como complementario o accesorio, la responsabilidad civil por la pérdida del vehículo o sus partes es será solidaria, es decir, atribuible al propietario, al administrador o al que gestione el servicio de estacionamiento.
La ley define como servicio principal cuando el titular de un estacionamiento, destinado única y exclusivamente a dicho negocio, cede el uso de un espacio determinado a favor de un tercero para el estacionamiento de un vehículo.
En tanto, define como servicio complementario o accesorio, cuando el propietario de un establecimiento destinado a una actividad comercial, brinda en forma complementaria o accesoria el uso de un espacio determinado a favor de un tercero para el estacionamiento vehicular.

Oficializan ley que responsabiliza a estacionamientos si hay robos
La ley entrará en vigencia en 90 días y afectará a todos los comercios del país
El viernes fue promulgada la ley que regula el servicio de estacionamiento vehicular, la cual indica las responsabilidades y obligaciones de las partes involucradas en esta actividad.
La Ley N° 29461, publicada ayer en el diario oficial “El Peruano”, responsabiliza por las pérdidas de vehículos o accesorios que sucedan dentro de los estacionamientos a las personas que brindan el servicio en las categorías principal o complementaria.
Se entiende como servicio principal a aquel brindado por el titular de un local que funciona como estacionamiento, mientras que un servicio complementario es cuando el propietario de un establecimiento comercial asigna el uso de otro espacio fuera del local como estacionamiento.
“Antes había una distinción entre el servicio principal y el complementario, pero ahora los dos tienen las mismas responsabilidades”, explicó a El Comercio un funcionario del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
“Los comercios deberán compensar al afectado así contrate a una compañía que da el servicio de estacionamiento”, acotó.
CLÁUSULAS ABUSIVASAsimismo, la ley califica de cláusulas abusivas a aquellas que contravengan las disposiciones de la norma.
Respecto de ello, funcionarios de Indecopi explicaron a este Diario que el entregar boletos o colocar carteles que indican que el establecimiento no se hace responsable de robos dentro del estacionamiento son acciones que entran dentro del rubro de las cláusulas abusivas.
EVALUARÁN DAÑOS SUFRIDOSLa mencionada ley también indica que las infracciones y sanciones originadas por el incumplimiento de las cláusulas serán investigadas y evaluadas por la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi.
“Podemos poner multas y obligar a los administradores del estacionamiento a compensar al afectado por el daño sufrido”, manifestaron funcionarios de dicha institución.
Esta es la primera vez que se da una norma de este tipo. “Antes, las responsabilidades se dejaban a la libre interpretación”, hicieron notar voceros de Indecopi.
La ley entrará en vigencia dentro de 90 días.
ÚTIL1 De acuerdo con la Ley N° 29461, en caso de robo, el propietario del vehículo debe informar de forma inmediata al titular del estacionamiento.
2 El afectado tiene tres horas para presentar la correspondiente denuncia a las autoridades policiales. El titular del estacionamiento debe brindar facilidades para ello.
3 Adicionalmente, el afectado deberá acreditar la relación de contratación del servicio de estacionamiento.

http://elcomercio.pe/impresa/notas/oficializan-ley-que-responsabiliza-estacionamientos-si-hay-robos/20091129/374968

Τρίτη 24 Νοεμβρίου 2009

Playa municipal deberá reponer vehículo robado

Hecho ocurrió en mayo del 2008 en la cuadra 1 de la Av. Argentina
Un nuevo fallo de Indecopi, publicado ayer en “El Peruano”, da detalles de una severa sanción a los administradores de una playa de estacionamiento en la cuadra 1 de la Av. Argentina: estos deberán pagar S/.7.000 y devolver un auto (o su equivalente) a la ciudadana Luz Chávez Arcelles, luego de que el suyo fuera robado en esas instalaciones.
El hecho ocurrió el 20 de mayo del 2008 en el garaje que administra nada menos que la empresa municipal Servicio de Parques de Lima (Serpar), pero, según Indecopi, no es el primer caso de robo de autos o repuestos en cocheras que recibe sanción. Carla Reyes, miembro de la Comisión de Protección al Consumidor de dicha entidad, indicó que desde el 2006 ya son 20 las denuncias que se declararon fundadas, y existen otros nueve procedimientos en trámite.
Reyes dijo que los estacionamiento que cobran por tal servicio tienen que brindar custodia de los vehículos, y no evadir su responsabilidad colocando anuncios que señalen lo contrario. “Si el servicio de guardianía es complementario (como en un centro comercial o restaurante), y no se va a brindar seguridad al vehículo, esto debe ser informado al usuario”, señaló.
Sin embargo, este tema podría regularse pronto. Los estacionamientos se harían responsables por las pérdidas o daños ocurridos en su interior una vez que el Poder Ejecutivo promulgue la ley que formaliza este servicio, y que fue aprobada en el Congreso el miércoles pasado.
La iniciativa legal dispone que tantos los garajes que funcionan como servicio principal, así como adicional, se hagan responsables de daños en los vehículos, sus accesorios o robo de pertenencias, siempre y cuando se demuestre que el hecho ocurrió en el establecimiento en cuestión.
Según indica la congresista Cenaida Uribe, vicepresidenta de la Comisión de Defensa al Consumidor del Parlamento, la medida pretende formalizar las responsabilidades en este sector.
¿Y LOS PARQUEOS?Al respecto el presidente de la Asociación de Centro Comerciales del Perú (Accep) y gerente del Jockey Plaza, Juan José Calle, aprobó la medida. “Asumir la obligación no es nuevo, por lo menos en las playas de estacionamiento que están en la Accep. Lo positivo es que la norma señala que se debe demostrar que el daño ocurrió en el lugar”, expresó.
No obstante, esta ley no contempla la responsabilidad de los municipios sobre robos o daños causados en las zonas donde cobran parqueo. El especialista en temas municipales Marco Tulio Gutiérrez sugirió que ello debería incluirse, pues no hay norma alguna que obligue a los concejos a resarcir al usuario, pese a que este paga un tasa por dejar su auto en el lugar y, además, hace un pago informal a supuestos cuidadores de vehículos.
EN PUNTOSSepa qué debe hacer ante un roboLa ley que espera ser promulgada indica que es obligación del responsable del estacionamiento brindar servicio de vigilancia, así como informar sobre costos, horarios y condiciones de uso. Además, deberá otorgar un comprobante con la hora de ingreso y otro que certifique el pago realizado.
De ocurrir un robo o daño en el vehículo, el propietario deberá avisar al responsable del estacionamiento y luego hacer la denuncia respectiva ante la policía en las tres horas posteriores al hecho. El propietario, a su vez, debe informar al ingresar en el garaje si tiene pertenencias dentro de su auto.

Δευτέρα 23 Νοεμβρίου 2009

Fiscalías para el consumidor

Implementar fiscalías en defensa de los consumidores fue lo que se planteó ayer en la audiencia pública realizada en el distrito de Carabayllo, con el fin de recibir aportes que permitan enriquecer la iniciativa legislativa que propone un Código de Consumo y Defensa del Consumidor. Asimismo, en el evento, que estuvo dirigido por el congresista Jorge del Castillo, se manifestó que en el país existe una carencia cultural en defensa del citado sector de la población.

Κυριακή 22 Νοεμβρίου 2009

Declaran fundadas las denuncias contra el Banco Azteca y Saga Falabella

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) confirmó hoy dos resoluciones previamente emitidas que declararon fundadas denuncias contra Elektrafin del Perú (razón social del Banco Azteca) y Saga Falabella, respectivamente, por haber infringido la Ley de Protección al Consumidor.
En el caso de Electrafin del Perú confirmó una resolución del 28 de mayo del 2008 emitida por la Comisión de Protección al Consumidor en los extremos apelados que declaró fundada la denuncia de una ciudadana contra dicha empresa por infracción a la mencionada ley.
El Indecopi precisó que se ha acreditado que la empresa descontó dos cuotas por adelantado al momento del desembolsar el préstamo, y calculó incorrectamente la deuda de la denunciante, aplicando importes no informados e intereses superiores a lo pactado y a lo establecido por el ordenamiento jurídico para empresas ajenas al sistema financiero. Y, finalmente, concluyó que la empresa utilizó métodos de cobranza prohibidos.
En el caso de Saga Falabella, el Indecopi confirmó una resolución del 2 de julio del 2008 emitida por la Comisión de Protección al Consumidor que declaró fundada la denuncia de un ciudadano contra dicha empresa por infracción a la mencionada ley.
Dijo que ha quedado acreditado que la empresa omitió poner en conocimiento del denunciante oportunamente que no podía efectuar el pago de sus compras en cuotas cuando el medio de pago utilizado fuera una tarjeta de crédito distinta a la tarjeta CMR.

Σάββατο 7 Νοεμβρίου 2009

Sanciones a empresas molestas

Por: Juan Carlos Cuadros Guedes
Muchas personas —entre las cuales me incluyo— se inscribieron en los últimos cuatro meses en el registro de consumidores Gracias… No Insista, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), para evitar ser molestadas con llamadas inoportunas o correos electrónicos no solicitados, utilizados por proveedores de bienes y servicios para la promoción de sus productos.
Todos pensábamos que a partir del 16 de setiembre, fecha en que dicho registro entró en vigencia en todo el país, las llamadas y correos no deseados cesarían de inmediato. Y no fue así. Unos notaron el cambio, pero otros siguen siendo acosados, de día o de noche, a pesar de que existe una norma legal que ampara y protege su derecho a la tranquilidad. ¿Qué pasó? ¿Quién falló?
CUESTIÓN DE TIEMPO
Para el abogado Edwin Aldana Ramos, secretario técnico de la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi, este registro, que viene consolidándose poco a poco como una gran experiencia, sí funciona. “Es un sistema novedoso, un nuevo mecanismo de protección al consumidor que puede perfeccionarse para bien de todos, pero debemos contar con el apoyo de la ciudadanía para que este funcione realmente”, señaló.
Refirió que a la fecha solo 331 empresas han solicitado las bases de datos actualizadas del registro de consumidores. “El resto no lo ha hecho, pero confiamos que en los próximos días el número aumente. La consulta es gratuita y no demora obtenerlas”, indicó.
Sobre el tema, Aldana informó que el Indecopi ha iniciado de oficio siete procesos de sanción contra igual número de empresas y negocios denunciados por los consumidores, al seguir llamándolos en horarios inoportunos y saturar sus bandejas de correo electrónico con mensajes de publicidad.
De hallar responsabilidad en estas empresas, el Indecopi podría multarlas hasta con 300 unidades impositivas tributarias (UIT), que hoy equivalen a S/.1’065,000. “Para corregir las malas prácticas en el mercado necesitamos el apoyo de los consumidores. Son ellos los llamados a denunciar a los infractores”, puntualizó.
Adelantó, por último, que este sistema está siendo evaluado por organismos dedicados a la defensa de los consumidores en Panamá y El Salvador, entre otros países, cuyas autoridades lo ven como una buena alternativa de regulación del mercado.
CLAVES
Llamadas y correos pueden seguir si…...usted los autorizó.Si por alguna razón, a pesar de haberse inscrito en el registro de consumidores, usted dio el consentimiento a algún proveedor de bienes o servicios para que le remita información precisa sobre un determinado producto.
...usted no lo advierte.Al comprar un artefacto o equipo electrónico, o al contratar un servicio, usted debe manifestar claramente al proveedor su negativa a recibir cualquier tipo de información posterior al acto comercial. Para su mayor tranquilidad, ello debe quedar registrado en un documento.
...usted no denuncia.Las empresas están advertidas: aquellas que no cumplan con las normas regulatorias, serán sancionadas. Si recibe una llamada o un correo electrónico, pese a estar inscrito en el registro, eso es falta. Denuncie a los responsables.
Hagamos respetar nuestros derechos
Por: Juan Carlos Cuadros Guedes
Para que el registro Gracias… No insista del Indecopi funcione realmente, no solo se requiere del trabajo paciente y dedicado de los funcionarios de esta institución. Son los usuarios los primeros llamados a defender y hacer respetar sus derechos, denunciando a aquellos negocios y empresas que no cumplen con las normas.
Si usted recibe una llamada telefónica o un correo electrónico, a pesar de estar inscrito en el registro del Indecopi, comuníquese inmediatamente al 224-7800 y denuncie al infractor.
Así, usted contribuirá, con un granito de arena, a que se acabe la mala costumbre que tienen algunos de no respetar las normas vigentes.
DENUNCIAS EN EL COMERCIO
Pide orientación:
El 2 de octubre compré un pasaje (servicio bus-cama) en la empresa Salazar, con destino al centro. Me distraje y abordé el bus a la hora equivocada y solo se dieron cuenta cuando el ómnibus ya estaba en camino por la Carretera Central. Me bajaron por la Clínica San Juan de Dios diciéndome que ya venía el ómnibus que me correspondía. Esperé 30 minutos y cuando finalmente este llegó, en el asiento que me correspondía había otra persona. El chofer solo atinó a decirme que el pasajero había pagado 40 soles y yo 35. Tanto lío hice que me acomodaron en el asiento de la terramoza. ¿Será justo?
JÉSSICA SALAZAR GUILLÉNDNI 40272931
Más allá de haber cometido usted un error, la empresa de transportes debió ayudarla a remediarlo. Pero, según su relato, la empresa es la que más bien cometió dos faltas por no verificar la lista de pasajeros ni comprobar su identidad. Consulte al Indecopi.
Incompetencia
Señor Director:
El funcionamiento de un depósito de venta de gas licuado de petróleo pone en riesgo a los vecinos de la cuadra 34 de la Av. Aviación. Este no cumple con la reglamentación. Lamentablemente ni la Municipalidad de San Borja ni el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) se pronuncian. FELIPE ROCA SALAZARDNI 08195453A la fecha no tenemos comunicación del Osinergmin. Su caso fue publicado el 26/9/2009.